Puedes apoyar el trabajo de Finsol mediante una donación puntual o periódica que mejorará directamente la vida de los niños y niñas que más lo necesitan.
Si has decido hacerte socio o realizar un donativo puntual a la Fundación Integración y Solidaridad (FINSOL) te informamos que puedes deducirte estas donaciones de tu declaración de la renta. Para 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de FINSOL, como Entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF) | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y posteriores |
Primeros 150€ | 50% | 75% |
Resto | 27,5% | 30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * | 32,5% | 35% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y posteriores |
Donaciones en general | 35% | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * | 37,5% | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.
Por favor, si aún no lo has hecho, llámanos al 913008047 o escríbenos a [email protected]
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es